El Constitucional revisará la sentencia que impide a Auro operar con varias plataformas de VTC

El tribunal admite a trámite el recurso que presentó la gestora de vehículos contra la nulidad del arbitraje que le enfrentó a Cabify por el pacto de exclusividad

Un vehículo VTC de Cabify junto a un taxi.
Un vehículo VTC de Cabify junto a un taxi. JOSE MANUEL VIDAL (EFE)
MADRID. CINCO DIAS. NURIA MORCILLO.- El Tribunal Constitucional revisará la sentencia que impide a Auro operar con varias plataformas de VTC (Vehículos de Transporte con Conductor). El máximo intérprete de Carta Magna ha admitido a trámite el recurso de amparo que presentó el grupo gestor de flotas de vehículos contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de anular el laudo arbitral que dio la razón a Cabify sobre la existencia de una cláusula de exclusividad, que impide a Auro trabajar con las empresas de la competencia como Uber y Bolt.

El Grupo Auro New Transport Concept impugnó en febrero de 2022 esta sentencia ante el Constitucional, al considerar que se estaba incumpliendo la doctrina constitucional que limitó a los tribunales superiores de justicia a anular los laudos arbitrales únicamente por cuestiones formales.

Un año después, el Tribunal Constitucional ha aceptado estudiar esta cuestión por su “especial trascendencia constitucional”. Este órgano solo admite el 1% de los recursos de amparo presentados. Así, en una providencia, del pasado 22 de mayo, a la que ha tenido acceso CincoDías, los magistrados Ricardo Enríquez y Juan Carlos Campo explican que “el recurso puede dar ocasión al tribunal para aclarar o cambiar su doctrina, como consecuencia de un proceso de reflexión interna”. Añaden que se valorará si “el órgano judicial (TJSM) pudiera haber incurrido en una negativa manifiesta del deber de acatamiento de la doctrina de este tribunal”.

Esta discusión legal llega además en un momento clave para el sector. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronunciará este jueves sobre si la limitación en el número de licencias VTC es contraria al derecho europeo. Una cuestión que planteó el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, pero de la que está pendiente también el Tribunal Supremo, que tiene numerosos recursos pendientes sobre la controvertida ratio que impuso el Gobierno de una autorización por cada 30 taxis, y a la que dio el visto bueno en 2018.

Según informaron fuentes jurídicas conocedoras de este procedimiento, la decisión del tribunal del garantías puede marcar un antes y un después, ya que, si se termina estimando el recurso, implicaría que Cabify perdiera la exclusividad sobre las 1.100 licencias de Auro, de las que 1.000 están en Madrid (donde hay 7.000 licencias). Asimismo, este resultado volvería a dar validez al laudo arbitral en cuestión, que avaló la libertad de las gestoras de VTC a operar con varias plataformas.

Enfrentamiento legal desde 2019

La relación entre Auro y Cabify nació en 2017 con la firma de un contrato, en el que se incluyó una cláusula que obligaba a la primera compañía a operar todas sus licencias de VTC con Cabify. Poco después empezaron los desacuerdos por el porcentaje de facturación que correspondía a cada socio, lo que llevó al Grupo Auro a romper el acuerdo y crear su propia aplicación para poder operar sus vehículos también con otras plataformas.

Para Cabify, este movimiento supuso un incumplimiento de la cláusula non-compete (no competencia), por lo que en 2019 planteó dos arbitrajes contra las dos filiales de la operadora, Cibeles y Auro. En el caso de la primera empresa, la victoria fue para Cabify, después de que el tribunal de arbitraje dictara un laudo en el que avaló la cláusula de exclusividad. Esta decisión fue fue ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TJSM) en julio del año pasado.

Sin embargo, el camino recorrido por Auro no fue el mismo, pues su correspondiente laudo, dictado en 2020, señaló que la ruptura del contrato abrió la puerta a operar con varias plataformas, porque de lo contrario se infringiría el Derecho de la Competencia. Esta resolución fue impugnada por Cabify ante el TSJM, que en 2021 dio un vuelco al laudo arbitral.

La Sala de lo Civil y Penal del tribunal anuló por mayoría la conclusión arbitral (con el voto particular del presidente del máximo tribunal madrileño, Celso Rodríguez Padrón), al considerar que era “palmario” que el tribunal arbitral hubiera “excluido sin el menor fundamento la aplicación del derecho de la Unión Europea”. Así, sentenció que la decisión tenía un “déficit de motivación constitucionalmente relevante”, al tiempo que subrayó que la controvertida cláusula tenía validez debido a que Auro había accedido al mercado de las VTC con el apoyo financiero de Cabify.