La Audiencia Nacional desestima la demanda de FPTM sobre las matrículas azules
MADRID. FEDETAXI. 13 noviembre.- La Audiencia Nacional dicta sentencia a favor del Ministerio de Presidencia y FEDETAXI en el recurso contra la Orden PCI/810/2018, que aprobaba las placas de matrícula azules para taxis y VTC.
La federación profesional del taxi de Madrid (FPTM), que recurrió contra la Orden, ha perdido el contencioso administrativo
La sentencia se fundamenta en que (al contrario de lo que decía la FPTM) la orden por la que se aprobó el uso de las placas azules no se excede en sus competencias, la limitación a la placa trasera es legal, adecuada y proporcional, el motivo de la regulación (combatir el intrusismo de transportes sin autorización) es oportuno y la base en la proposición no de ley que FEDETAXI presentó en el Congreso de los Diputados (y que fue aprobada por unanimidad de los partidos políticos por dos veces) contiene argumentos perfectamente sólidos. La normativa tampoco infringe la unidad de mercado ni las competencias de las CCAA, como insistía FPTM.
FPTM pedía a la audiencia nacional la anulación de todas las matrículas azules (que se aprobaron a instancias de FEDETAXI) y su nuevo reemplazo por otras blancas normales.
Finalmente la Audiencia Nacional desestima la demanda de FPTM. La sentencia puede ser recurrida en casación.
La norma de las matrículas azules sigue en pleno vigor y ningún taxista ni VTC, debe, ni puede retirar las placas azules de su vehículo.