Transportes lanza una inspección especial de VTC en el aeropuerto de Madrid-Barajas

Este año se están realizando seis campañas extraordinarias de control de vehículos VTC

MADRID, 4 Jul. EUROPA PRESS.- La Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras ha puesto en marcha una inspección especial para controlar posibles irregularidades en el transporte de viajeros en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, con un total de 10 vehículos denunciados.

Así, el pasado 27 de junio se realizó un control en la T-4 del aeropuerto que forma parte del refuerzo en las inspecciones a VTC que está realizando la Comunidad de Madrid.

Según han explicado a Europa Press fuentes del departamento que lidera Ángel Garrido, en este control han participado profesionales de la Inspección de Transportes de la Dirección General de Transportes y Movilidad de la Comunidad de Madrid, junto a agentes de la Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid y agentes de la Guardia Civil.

En total, se han controlado 22 vehículos de alquiler con conductor. De estos, casi la mitad (10) han sido denunciados y han recibido un total de 16 denuncias, ya que varios de ellos acumulaban más de una infracción.

La infracción más habitual ha sido no llevar el distintivo obligatorio de VTC, con 5 denuncias, seguida de la carencia de autorización para realizar el servicio, con 3 denuncias. Esta última es la infracción más grave que puede realizar un VTC y lleva aparejada una multa de 4.001 euros.

CASI 500 VTC DENUNCIADAS EN ENERO

Esta inspección se enmarca dentro las campañas de refuerzo del control a vehículos VTC y taxi que está realizando la Consejería de Transportes.

Junto al incremento de las inspecciones, este año se están realizando seis campañas extraordinarias de control de vehículos VTC, que se paralizaron por la alerta sanitaria y se retomarán en septiembre.

La mitad de estas campañas extraordinarias son “específicas” para el control de captación de clientes por los vehículos VTC sin tener el servicio contratado previamente.

El pasado mes de enero, en la primera de estas campañas extraordinarias, se inspeccionaron 1.430 vehículos. De ellos, fueron denunciados un tercio (494).

La mayor parte de las denuncias (51%) fueron por no haber cumplimentado correctamente la hoja de ruta (252 vehículos); y un 32,3 por ciento, por captación irregular (160).

En 2019, la Comunidad de Madrid inspeccionó más de 12.300 vehículos VTC, un 12,8 por ciento más que un año antes. De todos ellos, se denunciaron a 3.300 VTC, un 6,8 por ciento más que en 2018.

Desde la Consejería de Transportes han subrayado que las campañas de vigilancia y control son “fundamentales para asegurar que los distintos operadores cumplen con la normativa del sector y desarrollan su actividad con todas las garantías para los usuarios”.

CARACTERÍSTICAS DE LOS CONTROLES

En estos controles los inspectores de la Consejería de Transportes verifican que el vehículo cuenta con la correspondiente autorización de la clase VTC y está identificado con los distintivos obligatorios.

También comprueban que se encuentra prestando un servicio previamente contratado que ha sido comunicado al Registro de servicios VTC del Ministerio de Fomento por el arrendador y que lleva la correspondiente hoja de ruta debidamente cumplimentada.

Además, los conductores de VTC debe cumplimentar una hoja de ruta por servicio, en la que debe constar el nombre y DNI del arrendador y del arrendatario, el lugar y fecha de celebración del contrato, así como la fecha y hora en que ha de iniciarse el servicio y cuando ha de concluir el servicio y la matrícula del vehículo.

Las infracciones más habituales suelen ser no llevar el contrato o la hoja de ruta, o llevarlo sin cumplimentar. Esto supone una falta grave sancionada con 401 euros de multa.

En Transportes también han detallado es una falta común la captación o recogida de clientes que no habían contratado previamente el servicio. Esta infracción grave conlleva una sanción de 601 euros.

La infracción más grave que puede realizar una VTC es no tener la autorización para realizar su actividad. En caso de incumplir este requisito, la multa es de 4.001 euros que, en caso de no abonarla en el momento, puede conllevar la inmovilización del vehículo.

Por el otro lado, la infracción menos penada es la que se impone en caso de no llevar en lugar visible desde el exterior los distintivos exigibles, lo que supondría una multa de 201 euros.