Las personas con trastornos diabéticos o epilépticos también podrán ir acompañados de su perro de apoyo
STAC.- Los perros acompañantes de personas con trastornos diabéticos o epilépticos tienen la misma consideración que los perros guía de los invidentes, tras la aprobación por parte del Gobierno Central del Real Decreto 537/2019 del 20 de Septiembre que modifica el Real Decreto 1544/2007 de 23 de noviembre por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los medios de transporte para personas con discapacidad
Todas las personas con trastornos diabéticos o epilépticos tienen reconocido desde ayer el derecho al acceso a las instalaciones y medios de transporte, acompañados de un perro de apoyo, en los términos contemplados para los perros de asistencia de las personas con discapacidad.
El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado 9 de Octubre, una disposición adicional que se añade al Real Decreto 1544/2007 de 23 de noviembre por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los medios de transporte para personas con discapacidad.
En este decreto ya estaba contemplado que “todos los vehículos de los servicios de transporte público serán aceptados los perros-guía y de asistencia debidamente identificados. Viajarán junto a su dueño. Igualmente se permitirá su entrada y estancia en los edifi¬cios y dependencias de uso público de aquellos servicios”.