Canarias modifica el reglamento del taxi y establece una tarifa plana del aeropuerto a distintos municipios de la isla

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CANARIAS. LA OPINION DE TENERIFE.- La Consejería de Obras Públicas y Transportes del Gobierno de Canarias ha anunciado este jueves 31 de mayo la modificación del Reglamento del Servicio del Taxi, que incluye, entre otros cambios, la tarifa plana T4 y suprime la exigencia de la antigüedad máxima de los vehículos de doce años.

El documento se ha elaborado en consenso con el sector, ya cuenta con informe jurídico favorable y será elevado a Consejo de Gobierno para su aprobación para su remisión al Consejo Consultivo, ha señalado la Consejería.

 La tarifa plana interurbana (T4) se aplicará desde los distintos municipios hasta los aeropuertos, y desde estos a los diferentes municipios.

La supresión de la exigencia de una antigüedad máxima de los vehículos en 12 años se hace para “promover que los taxistas, al poder llevar a cabo una inversión a largo plazo, lo hagan en vehículos más eficientes, seguros y respetuosos con el medioambiente”, de acuerdo con el Gobierno.

 Otra de las novedades es eliminar el derecho de tanteo y retracto de la administración concedente en el caso de transmisión de licencias entre familiares vivos, de primera y segunda línea de consanguinidad ascendiente y descendientes, mediante donación.

Se establece que la transmisión será efectiva siempre que el receptor esté al corriente en el pago de los tributos exigibles relacionados con la actividad del taxi y haya satisfecho las sanciones impuestas en el ejercicio de la actividad.

En la transmisión de licencias en casos de fallecimiento del titular se amplía de dos meses a un año el plazo establecido para comunicar si el servicio se continúa prestando por los herederos o por asalariados.

El decreto eliminará la posibilidad de modificar las tarifas en virtud del IPC y establece que las tarifas deben garantizar la cobertura del coste real del servicio en condiciones normales de productividad y organización, y permitirán una adecuada amortización y un razonable beneficio industrial.

Las tarifas deberán ser revisadas cuando se produzca una variación en los costes que altere significativamente el equilibrio económico.