El Supremo admite a trámite un recurso de la Generalitat contra Uber

  • En cuestión una multa a la compañía de transportes que dirimirá si Uber necesita o no licencia municipal de transporte
El Supremo admite a trámite un recurso de la Generalitat contra Uber

Un punto de recogida de Uber en Nueva York (Seth Wenig / AP)

Se trata de un recurso de casación interpuesto por la Generalitat contra la sentencia de 6 de octubre de 2016, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo 15 de Barcelona, que estimó un recurso de Uber contra una multa de 4.001 euros que la Generalitat impuso a la plataforma por operar sin poseer autorización, ha informado el alto tribunal en un comunicado este lunes.

El marco jurídico, en cuestión

 De esta forma, el Supremo resolverá si esta compañía está sujeta a la normativa de transportes y necesita autorización municipal para operar o si, por el contrario, se beneficia de la libertad de servicios de internet.

En otras palabras, la resolución dirimirá si la actividad de la plataforma Uber debe someterse a la intervención administrativa del sector del transporte o si, por el contrario, debe entenderse que desarrolla una actividad excluida de la ordenación de transportes y que no está sometida a licencia o autorización.

Esta segunda opción vendría amparada por el principio de libre establecimiento y prestación de servicios que proclama la Ley de la Sociedad de la Información.

Uber recurrió una multa de la Generalitat

 El Govern impuso la multa por “la contratación como transportista o la facturación en nombre propio de servicios de transporte público de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas sin ser previamente titular de autorización de transporte”.

Sin embargo, el juzgado de Barcelona anuló la sanción al considerar que la Generalitat había aplicado indebidamente la regulación contenida en la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre, ya que el servicio de intermediación prestado por Uber no se debe incluir en esta norma, sino en la de Servicios de la Sociedad de la Información.

Un juzgado desestimó la multa

 Según el auto del Supremo, consultado por Europa Press, la Generalitat aduce en su recurso que es compatible que Uber esté sujeta a ambas normativas, y que la sentencia impugnada “contiene doctrina gravemente dañosa para los intereses generales”.

Argumenta que las actividades desplegadas por Uber, sin la precisa autorización, comportan “una grave distorsión en el sistema de transporte público de viajeros” en turismos sometido al correspondiente control administrativo amparado en la normativa de transporte.

El Govern expone que, de aceptarse la doctrina de la sentencia impugnada, “permitiría la consolidación de un nuevo marco jurídico que supondría la desregulación de facto del sector de transporte de viajeros en turismos de hasta nueve plazas”.

Desventaja para quien tiene licencia

 Añade que la sentencia coloca a los titulares de licencias –que fueron obtenidas en un determinado marco regulatorio- “en una indudable posición de desventaja” frente a aquellas empresas que prestan servicios a través de una plataforma digital.

Uber define sus servicios como una fórmula de economía colaborativa entre particulares que permite que conductor y usuario acuerden el trayecto, compartiendo los gastos del mismo.

Por contra, la Generalitat entiende que Uber realiza una actividad de transporte, aunque su ejecución efectiva se encomienda a terceros, consistente en la contratación o facturación de servicios de transporte sin la pertinente habilitación previa.