Comunicado de ANTAXi: El Abogado Genreal del TJUE deja el 1/30 en manos del Tribunal Supremo

 

  • El pasado día 15 de Diciembre se hizo público el informe de conclusiones del Abogado General Europeo al respecto del 1/30.

  • A pesar de las notas de prensa publicadas por distintos medios, las conclusiones no dejan zanjado el futuro del 1/30 y habrá que esperar unos meses para conocer la decisión del Tribunal Europeo en Luxemburgo.

  • Desde ANTAXI, somos conscientes que hubiera sido mejor un informe favorable, pero no podemos dar aún por perdido el 1/30 y mucho menos la necesidad de una segunda autorización para hacer servicios urbanos.

  • ANTAXI lleva meses trasladando propuestas al Ministerio por si finamente cae el 1/30, que tendrá que valorar si realmente su objetivo es garantizar que el Taxi siga siendo un Servicio Publico sostenible.

 

 

 

 

 

 

 

 

ANTAXI.- El pasado miércoles día 15 de Diciembre de 2022, el Abogado General Europeo hizo público su informe de conclusiones, al respecto de si los Artículos 49 y 107 del Tratado de la Unión Europea se oponen a la Ratio 1/30 entre Taxis y VTC y a la necesidad de una segunda Autorización para hacer servicios urbanos.

A pesar de que muchos medios de comunicación han hecho una lectura muy favorable para las Plataformas de VTC, ya tenemos un informe jurídico de ANTAXI (del que aún pueden salir más matizaciones) que hace una lectura menos negativa para el Taxi.

El Abogado General Europeo hace afirmaciones que nadie pone en duda, como que el Requisito de una Autorización y la contingentación limitan la libertad de establecimiento, y que es necesario una razón imperiosa de Interés General que debe ser proporcionada.

El Abogado General no dice que esas medidas sean desproporcionadas, sino que debe ser el Tribunal el que determine si los argumentos presentados en la vista son razones de Interés General o no, para determinar si la segunda Autorización y la Ratio 1/30 son idóneas para contribuir a garantizar la calidad, seguridad y accesibilidad de los servicios de taxi, gestionar el transporte local, el tráfico y el uso del espacio público y proteger el medio ambiente.

Texto literal de las conclusiones del Abogado General:

“Corresponde al órgano jurisdiccional remitente apreciar la idoneidad de la medida. Sin embargo, sobre la base de la información facilitada por el Tribunal de Justicia y las observaciones de las distintas partes, aunque en principio no veo problema con el requisito de la autorización, albergo cierta confusión y no consigo encontrar nada que respalde dicha idoneidad por lo que respecta a la ratio 1/30.”

Tenemos la esperanza de que el Tribunal Europeo no pase por alto, cosa que sí ha hecho el Abogado General, anteriores sentencias del mismo Tribunal en casos similares, (Jurisprudencia Hiebler) donde se dijo expresamente que garantizar la viabilidad económica de un Servicio Público de Interés General constituye por sí sola una razón imperiosa de Interés General.

No debemos perder la perspectiva, de que el mismo Parlamento y el Consejo Europeo en su Directiva 2006/123/CE (Directiva Bolkestein) por la que se regula precisamente esa Libertad de Establecimiento en Europa, excluye expresamente a los Servicios de Transporte Urbano, al Taxi, a las ambulancias y a los Servicios Portuarios.

La Sentencia tardará varios meses, y podría ser que entre medias haya una segunda vista al respecto del 1/30, por el segundo proceso judicial abierto por el Supremo con preguntas sin manipular y con más objetividad, que nos permitirán dar más argumentos para defender la idoneidad de las medidas en cuestión, lo que puede provocar que se resuelvan los dos procesos a la vez.

Por otro lado, hay que ser realistas, porque el Abogado General hace algunas afirmaciones muy perjudiciales para el sector, recogiendo algunas de las tesis de Uber, como ejemplo, trata muy a la ligera el perjuicio económico, para un sector tan regulado como es el del Taxi en España, que provoca un servicio desregulado actuando en un mismo mercado.

Otro aspecto a tener en cuenta, es que el Abogado General da indicaciones muy clarificadoras de cómo deberían ser las futuras regulaciones a las VTC, si realmente el objetivo de las mismas es que no haya una liberalización del sector y queremos garantizar el Taxi como un Servicio Público de Interés General en España.

ANTAXI, lleva meses trabajando con el escenario de que el Tribunal Europeo determine que el 1/30 no es proporcionado, lo que supondría que miles de VTC salgan a la calle, porque si realmente el Gobierno no quiere liberalizar el sector, debe poner medidas proporcionadas encima de la mesa, que justifiquen realmente el objetivo que defienden públicamente y que no es otro que el de garantizar un Servicio Público de Taxi que sea sostenible y de calidad para el ciudadano.

PASE LO QUE PASE, ANTAXI SEGUIRÁ LUCHANDO POR UN SERVICIO PÚBLICO DEL TAXI SOSTENIBLE Y DE CALIDAD PARA EL USUARIO

  LA JUNTA DIRECTIVA

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