STAC y CTE se ratifican en que la ley Omnibus no tiene consecuencia ni para el taxi ni para el alquiler con conductor
ORDEN COORDINACION- Ley Omnibus- 02-02-2010
El Sindicat del Taxi de Catalunya junto con la Confederación del Taxi de España, ante la aparición de un artículo de prensa en el diario Expansión, el pasado día 21 de mayo, relativo a un informe privado elaborado por la Agencia Catalana de la Competencia que instaría al Gobierno de la Generalitat a liberalizar el transporte de viajeros bajo la denominación de “ alquiler con conductor VTC” quiere hacer la siguiente DECLARACIÓN PÚBLICA:
1º.- El Gobierno Central a través del Ministerio de Fomento y su Dirección General de Transportes tienen la competencia UNICA Y EXCLUSIVA en la interpretación de la Legislación Nacional en materia de Transportes ( LOTT, ROTT, ORDEN FOM ) y por tanto nadie mas, salvo el Parlamento de la Nación y los tribunales de justicia, pueden modificar los criterios establecidos en esta normativa.
2º.- El Ministerio de Fomento, a través de su Dirección General de Transportes, YA SE HA PRONUNCIADO SUFICIENTEMENTE respecto de la INOCUIDAD DE LA LEY OMNIBUS en su Orden de Coordinación de fecha 02/02/2010 (que adjuntamos) y por tanto cualquier petición o especulación que se efectúe relacionado con esta Ley Ómnibus no deja de ser mera opinión o especulación sin fundamento ni base legal alguna.
3º.- Del informe elaborado por la Agencia Catalana de la Competencia podemos afirmar que no añade nada nuevo a lo ya conocido puesto que, el mismo, SOLICITA LA LIBERALIZACIÓN DEL SECTOR DEL ALQUILER CON CONDUCTOR en base a que “está sometido a importantes barreras de entrada” lo que reconoce explícitamente que existe una intervención del Estado en relación a esta actividad del mismo modo que existe para el sector del taxi, pero no obstante y a mayor abundamiento, el informe continúa diciendo que instan a la Generalitat de Catalunya para “abrir el mercado de arrendamiento de vehículos con conductor, un mercado hasta ahora totalmente cerrado y crear, en consecuencia, nuevas oportunidades de actividad empresarial y de ocupación” lo que vuelve a dejar claro que lo que se persigue es precisamente instar a la Generalitat para que elimine esas barreras que, a juicio de esta Agencia Catalana, perjudica a esta actividad de arrendamiento con conductor y bajo la consideración de que la liberalización total sería positiva para el transporte de esta clase, todo ello, a nuestro juicio, con un desconocimiento absoluto de la realidad del transporte de viajeros y el necesario equilibrio en base al cual se mantiene la legislación actual.
4º.- De todo lo leído hasta la fecha NO SE DEDUCE LIBERALIZACION ALGUNA DEL SECTOR DEL ARRENDAMIENTO CON CONDUCTOR por mas que, una vez mas, Organizaciones del Sector del Taxi que anunciaron, a lo largo de la tramitación de la Ley Ómnibus, la ruina del Sector si esta era aprobada y que han quedado en evidencia una y otra vez, se empeñen en crear un temor, que a veces raya con el paroxismo y que mas bien parece que tuvieran interés en que finalmente la Ley Ómnibus liberalizara el Sector de arrendamiento con conductor por el empeño que ponen en magnificar cualquier opinión o “informe” que se publica y cuyo valor e interés es totalmente nulo a efectos legales ya que, insistimos, LA LEY OMNIBUS Y SUS NORMAS DE DESARROLLO O COMPLEMENTARIAS DEJAN MUY CLARO QUE LOS SECTORES DEL TAXY Y EL ARRENDAMIENTO CON CONDUCTOR NO HAN SUFRIDO MODIFICACIÓN ALGUNA.
5º.- Por todo ello, pedimos al Sector del Taxi que mantenga la calma, haga oídos sordos a quienes llevan mas de un año anunciando la ruina del Sector ( que ya se debería de haber producido en enero, según ellos anunciaban) sin aportar más pruebas que sus constantes manipulaciones de cuantas opiniones caen en sus manos aun a sabiendas de que estas no tienen capacidad legal alguna de modificar la legislación vigente pero sirven a sus intereses de seguir creando temor de forma absurda e injustificable.
6º. Finalmente, estamos convencidos que la próxima modificación del ROTT, a la que la CTE ha presentado las oportunas alegaciones dentro del plazo reglamentario establecido al efecto ( cosa que, por cierto, no ha hecho UNALT a pesar de afirmar rimbombantemente mantenerse “muy vigilante”) aclarará, aun mas, la adecuada relación entre los sectores del Arrendamiento con conductor y el Auto Taxi cerrando, de este modo, las modificaciones legislativas que nos afectan.
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