UPTA expresa su satisfacción porque los autónomos del transporte no serán excluidos del sistema de módulos
MADRID.- El Gobierno ha corregido esta decisión que estuvo en los primeros borradores del Proyecto de Ley de modificación de la normativa tributaria y actuaciones para la previsión y lucha contra el fraude.
El Proyecto de Ley de modificación de la normativa tributaria y actuaciones en la previsión y lucha contra el fraude limita el acceso al sistema objetivo de declaración por módulos a aquellos trabajadores autónomos que tengan unos ingresos íntegros superiores a 50.000 euros y el 50% de ellos provengan de actuaciones o facturación a otras empresas.
Esta limitación, contemplada sin excepciones por los primeros borradores del Proyecto de Ley, ponía en una difícil situación al sector de los transportistas de mercancías tanto ligeros como pesados, puesto que están obligados, por la situación del mercado, a facturar a través de cargadores. Además que unos ingresos íntegros de 50.000 euros son una cantidad muy reducida en el sector, ya que no deduce los gastos del gasoil y mantenimiento de camiones y furgonetas, por lo que se traduce en unos ingresos íntegros inferiores a los 20.000 euros.
Esta medida ponía fuera del sistema de declaración objetiva por módulos a la mayoría de los autónomos del sector, creando un grave perjuicio al colectivo.
Tras las alegaciones presentadas por la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos UPTA), Uniatramc-UGT y otras asociaciones, el Gobierno ha modificado esta medida y ya en el Proyecto de Ley trasladado a las Cortes se incrementan los importes íntegros para este sector hasta 300.000 euros anuales, con lo que la inmensa mayoría de los autónomos transportistas pueden seguir incluidos en módulos.
La cantidad excepcional de 300.000 euros se aplica a las diversas actividades de la División 7 de la tarifa del Impuesto de Actividades Económicas, por lo que se incluye también el transporte de viajeros, almacenamiento, engrase y limpieza de vehículos o agencias de viaje, sectores en los que también hay una fuerte presencia de trabajadores autónomos.
UPTA felicita al Ministerio de Hacienda por esta decisión que permite concentrar los esfuerzos de las organizaciones en la previsión de cualquier tipo de fraude tributario, sin crear por ello problemas sociales innecesarios.
UPTA, en todo caso, mantendrá su petición de que queden fuera de esta excepción todos los trabajadores registrados como Trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes (TRADES), ya que estos, por su naturaleza, deben facturar siempre a empresas, aunque sus servicios finales sean para particulares, y el límite de 50.000 euros brutos sigue siendo muy pequeño para algunas actividades como instaladores o personal de mantenimiento que tienen que actuar con maquinaria y vehículos propios.