El jurado considera culpable al asesino del taxista asturiano
* El veredicto apoya la tesis de la Fiscalía que pide 23 años de prisión
ARRIONDA. D.O. AGENCIAS.- El Tribunal del Jurado, por unanimidad, encontró hoy culpable de un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento al acusado de matar al taxista Guillermo Amieva Gallego en el mes de abril de 2010, en Arriondas. Los miembros del tribunal popular, que también encontraron culpable a Alexis Manuel Feliz de una falta de hurto, secundaron así la tesis de la Fiscalía del Principado de Asturias.
Además, el Jurado se opuso a una posible suspensión de condena y a la concesión de un indulto para el acusado.
Tras el veredicto del Jurado, será el magistrado presidente del Tribunal quien imponga la cuantía de la condena. La Fiscalía solicita para el acusado una pena de 23 años de por el delito de asesinato y prohibición de residir en Cangas de Onís, aproximarse y comunicar con los familiares de Guillermo Amieva durante 28 años.
Por la falta de hurto se solicita una condena de multa de 720 euros (dos meses a razón de 12 euros diarios), con responsabilidad penal subsidiaria en caso de impago. En concepto de responsabilidad civil, la Fiscalía pide que se condene al acusado a indemnizar al padre de la víctima con 113.408 euros, más los intereses legales correspondientes.
El pasado mes de junio, Alexis Manuel Feliz fue encontrado culpable por un Tribunal del Jurado y condenado a 23 años de prisión por la muerte de Francisco Javier Viego Cuadriello, ocurrida en el mes de febrero de 2010 en Cangas de Onís. También fue condenada la que entonces era su pareja, N. A., considerada cooperadora necesaria del asesinato. La sentencia no es firme y esta pendiente de la confirmación o revocación por parte de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA).
La última jornada de la vista oral del juicio, que desde el pasado lunes se ha celebrado ante el Tribunal del Jurado en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Asturias, el Ministerio Fiscal ha mantenido su petición al considerar que las pruebas inculpatorias son “suficientes”.
Por su parte, el abogado del único acusado ha pedido una sentencia “favorable” para su defendido al entender que tras la vista concurren “más dudas que certezas” en relación a la “ruptura de la cadena de custodia” en el caso del móvil propiedad del taxista fallecido, cuyo teléfono fue encontrado con una tarjeta prepago de Alexis Manuel Feliz.
La acusación particular, ejercida por el letrado del padre del taxista fallecido, ha solicitado una pena de 25 años de cárcel, y tras expresar su coincidencia con la línea argumental de la Fiscalía, ha conminado a los integrantes del jurado a “aplicar el sentido común”.
El Ministerio Público, además de la pena de prisión, solicita que se prohíba al acusado residir en Cangas de Onís, aproximarse o comunicar con los familiares de la víctima durante 28 años, además de al abono de una indemnización de 113.408 euros al padre de la víctima.
Alexis Manuel Feliz., nacido en 1985 en República Dominicana, se encuentra encarcelado en la prisión de Villabona condenado a 23 años de prisión por la muerte de Francisco Javier Viego Cuadriello, cuya sentencia se encuentra pendiente de la apelación, abandonó la sala donde se celebraba la vista diciendo: “Ya ven que no me dejan hablar”, tras varias advertencia del magistrado, quien le dijo: “Última palabra y punto”.
Entre las pruebas abordadas esta mañana figuraba la declaración mediante conferencia de cuatro funcionarios encargados de los análisis e informes que han permitido determinar mediante las pruebas de ADN que el perfil biológico de la muestra de saliva recogida sobre el asfalto en el ángulo de apertura de la puerta delantera del taxi correspondía con “certeza” al del acusado.
A juicio de la Fiscalía, Alexis Manuel Feliz. ha tenido la “desfachatez” de declarar que en la noche del crimen estuvo en varios locales de Cangas de Onís pero no presenta “ni un solo testigo” que declare que ha estado con él.
Ha solicitado al jurado que valore en “su conjunto” las pruebas y los indicios, y ha añadido que el acusado “no es tonto”, para explicar que no hubiera reclamado el móvil y el navegador – pertenecientes a Guillermo Amieva que tenía en su poder-, depositados en la custodia de objetos de la prisión de Soto del Real, y cuyo teléfono finalmente acabó en poder de un funcionario.
Además, ha enfatizado la fiscal el reconocimiento que los agentes de la Guardia Civil han hecho del visionado de las cámaras de seguridad de una entidad bancaria, que muestra al acusado transitando por calle a las 3,02 horas del día 20 de abril por Cangas de Onís, en la franja horaria en la que otro taxista de la localidad recibió una llamada desde el móvil del fallecido.
Las limitaciones para defenderse de Guillermo Amieva Gallego, al llevar abrochado el cinturón de seguridad, ha sido argumentado por la fiscal, que dirigiéndose al jurado, ante un posible cargo de conciencia, ha mencionado “algo triste” en relación a la otra condena, aún no firme, de 23 años que pesa sobre el acusado. “Es triste que una personas que ha matado a dos personas, una le salga gratis”.
La Fiscalía mantiene que en la madrugada del 19 al 20 de abril de 2010, el acusado se subió en Arriondas al taxi que conducía Amieva Gallego, y tras sobrepasar la localidad de Collía, en las proximidades de lo que se conoce como Cabaña del Escribano, apuñaló al taxista de manera brutal hasta en 36 ocasiones, en cuello, extremidades superiores y cara anterior y lateral del tórax.
Para ello utilizó un arma con hoja plana y de un solo filo, de unos dos centímetros o dos y medio de anchura y no menos de diez centímetros de longitud, sin posibilidades de defensa para Amieva, que con la movilidad reducida por llevar el cinturón de seguridad abrochado, trató de agarrar el arma y poner los brazos ante el ataque recibido desde el asiento trasero izquierdo.
Alexis Manuel Feliz. abandonó el lugar con el teléfono móvil de Guillermo Amieva Gallego, un navegador, unos 150 euros, las llaves del vehículo y un interruptor con soporte de velcro que permitía la conexión con la emisora del servicio de taxi.
La detención del acusado en Suiza, a raíz de una multa de tráfico, permitió su extradición a España e inmediato ingreso en el centro penitenciario de Soto del Real.