STAC y Associació de Taxistes del Pirineu resuelven tres conflictos con los taxistas de Naut d’Aran

  • El pleno municipal autoriza la transmisión de una licencia a la cual se oponía; en su día.
  • Fueron paralizadas la creación de 11 licencias.
  • Han quedado eliminadas las tasas draconianas que pretendían el ayuntamiento por actos administrativos del taxi
Taxis del Pirineu.

STAC.- El Ayuntamiento de Naut d’Aran ha autorizado, finalmente, la transmisión de una licencia de taxi, tras una larga batalla administrativa, realizada desde el Sindicat del Taxi de Catalunya y la Associació de Taxistes del Pirineu ante una arbitrariedad que quería realizar la entidad local aduciendo normativas que ya no existen y contrarias a la actual ley del taxi 19/2003 de 4 de julio.

Un taxista, Joan Manel Paba España, el 11 de octubre de 2023, solicitó al ayuntamiento de Naut d’Aran la transmisión de la licencia de taxi número 10 por jubilación. El ayuntamiento de la Naut d’Aran se la desestimó en una resolución del 7 de noviembre de ese año justificándolo con normativa no aplicable al taxi.

Joan Manel Paba, bajo el asesoramiento del Sindicat del Taxi de Catalunya y de la Associació de Taxistes del Pirineu, realizó un recurso em el cual se argumentaba que la denegación de la transmisibilidad de la licencia se basaba en una normativa que no correspondía y que debía aplicarse la ley del taxi 19/2003 de 4 de julio que ampara la transmisión de las licencias de taxi, tal y como está escrito en su artículo 10 y la cual manifiesta que:

1.        Las licencias para prestar los servicios urbanos de taxi pueden transmitirse previa autorización del ente que las ha concedido, que sólo puede denegar su transmisión en el plazo de un mes a partir de la fecha de la solicitud, si la persona adquiriente no cumple las condiciones necesarias para el otorgamiento inicial de la licencia. Se entiende que la transmisión de la licencia de taxi ha sido autorizada en caso de falta de respuesta expresa del ente que debe concederlo, una vez transcurrido dicho plazo.

Finalmente, el Pleno del Ayuntamiento de Naut d’Aran, celebrado recientemente, ha permitido la transmisión de la licencia ya que cumple con las condiciones necesarias, que exige la ley del taxi. que es, finalmente, quien regula en toda Catalunya este acto administrativo.

Conflicto continúo del ayuntamiento contra los taxistas

Desde hace dos años, el ayuntamiento de Naut d’Aran mantiene un frente con los taxistas de esa población. Hace unos años pretendió incrementar el número de licencias actual y crear 11 más en contra de la opinión del sector

En respuesta a esa esa pretensión, desde el Sindicat del Taxi de Taxi de Catalunya y la Associació de Taxistes del Pirineu se realizó un recurso en contra, manifestando que eran excesivas y no justificadas. Teniendo en cuenta además que Naut d’Aran formaba parte de un convenio de coordinación municipal, firmado en el 2011, con los municipios colindantes. Entre todas las licencias sumaban un total de 32

La justificación eran, además, que se estaban utilizando criterios arbitrarios en el poliego de condiciones y no ajustados a la normativa vigente e intentando solapar a la administración superior como es la Genrsalitat de catalunya a la hora de dar las concesiones administrativas interurbanas.

Ordenanzas draconianas

Otro de los conflictos abiertos por este ayuntamiento y que también se resolvió en el utlimo pleno fue el de las ordenanzas. En un intento de hacer una cruzada contra los taxistas, el ayuntamiento quiso aprobar unas ordenanzas dacronianas para la transmisión de las licencias que eran las siguientes:

La quota tributària es determinarà per una quantitat fixa assenyalada segons la naturalesa del servei o activitat, d’acord amb les tarifes següents: Epígraf

1r.- Concessió de llicències ……………………………………………………………… 1.000 euros.

2n.- Autorització per a la transmissió de llicències:

a) Transmissió “mortis causa” per defunció de la persona titular de la llicència, a favor de cònjuge vidu o hereus forçosos ………………………………………………………. 300 euros.

b) Transmissió “inter vivos” per impossibilitat per a l’exercici professional de la persona titular de la llicència, per motiu de jubilació, malaltia, accident u altre motiu que es pugui qualificar de força major, a favor del cònjuge o els seus fills …………………….. 300 euros.

c) Transmissió “inter vivos” de la llicència es pagarà en funció dels anys de tinença de la llicència que es transmet per part del titular transmitent, segons el següent escalat:

-Menys d’un any ……………………………………………………………………….. 10.000 euros.

-Més d’un any …………………………………………………………………………… 20.000 euros.

-Entre dos anys i quatre anys ………………………………………………… 30.000 euros.

-Entre quatre i sis anys ……………………………………………………………. 40.000 euros.

-Més de sis anys …………………………………………………………………………. 6.000 euros per any.

d) Transmissió “inter vivos” de les llicències de taxi anteriors a l’entrada en vigor de la present Ordenança fiscal es pagarà en funció dels anys de tinença de la llicència que es transmet per part del titular transmitent, a raó de 1.000 euros per any de tinença complert. Epígraf

3r.- Substitució de vehicles …………………………………………………………. 100 euros.

4rt. –

a) Revisió ordinària del vehicle ……………………………………………………….. 100 euros.         

b) Revisió extraordinària del vehicle ……………………………………………… 100 euros.

El STAC interpuso un recurso que finalmente con la siguiente argumentación:

Les actuacions administratives dels òrgans competents relacionades amb l’atorgament, la modificació o la transmissió de les llicències i les autoritzacions per a prestar els serveis de taxi els poden donar lloc, en els termes que estableix la legislació vigent, a la percepció d’una taxa administrativa l’import estimat de la qual no pot excedir, en conjunt, del cost real o previsible del servei.

Finalmente, en el último pleno del ayuntamiento de Naut d’Aran quedó que la transmisión de licencias quedaría una tasa de 1.000 euros intervivos y entre familiares 300 euros.