Nota de prensa de STAC y UTAM sobre la situación tras la aprobación definitiva de la disposición Transitoria Sexta del Reglamento Metropolitano del Taxi

BARCELONA.- La medida de contingentación de la que tanto se ha venido hablando desde hace demasiado tiempo, está vigente a partir de hoy. Todos los pasos y plazos del proceso de adopción de la misma por parte de la Entitat Metropolitana del Transport se han cumplido. El incremento del doble turno se ha detenido. Temporalmente al menos. Esto no disminuye la incidencia de la crisis sobre nuestro colectivo, pero de momento se evita que vaya a peor.
Hay que tener en cuenta que en nuestro sector la crisis está agudizada por la desproporcionada representatividad de ciertos intereses particulares en los ámbitos comunes de deliberación, lo que dificulta enormemente consensuar soluciones de interés general. Precisamente, ante las noticias aparecidas en algunos medios recogiendo desinformaciones vertidas con mejor o peor intención por parte de ciertas personas y entidades concretas, nos vemos obligados en este momento a esclarecer los siguientes puntos:
1. En absoluto se prohíbe la contratación de asalariados con esta medida. Lo único que se evita con su aplicación TEMPORAL es que en el sector siga incrementando la oferta de flota en servicio de forma desbocada con el crecimiento de coches a doble turno.
2. La medida PERMITE que todas aquellas licencias que estaban siendo explotadas con dos conductores lo sigan haciendo. Si POR CUALQUIER CIRCUNSTANCIA uno de los conductores deja esa licencia, la norma permite al titular durante 30 días la posibilidad de reponerlo. Por lo tanto, es FALSO que se prohíba contratar.
3. Efectivamente, lo único en lo que se “INTERVIENE” es sobre el crecimiento de los coches a doble turno. Es más, para todos aquellos que adquieran una nueva licencia la norma dice que la tendrán que explotar con un sólo conductor, sea por el TITULAR o PONIENDO UN ASALARIADO. Otra demostración de que no se prohibe la contratación, si no que lo único que se intenta intervenir es en la oferta de taxis, que está sobredimensionada. Hay que tener en cuenta que de los 800 coches explotados por más de un conductor en el año 2005 hemos pasado a más de 2500 en la actualidad.
4. La intervención de la Direcció General de Transports es desafortunada ya que estamos hablando de un problema local, con unas medidas locales que han de adoptar los entes locales haciendo uso de las competencias que tienen por Ley. Sobre todo teniendo en cuenta que la materia regulada no rebasa su ámbito de competencia ni afecta a otros marcos legales de igual o superior rango. Además hay que hacer hincapié en que la medida es de carácter excepcional, temporal y transitorio atendiendo a las necesidades del sector y a la coyuntura económica. Dicha medida tiene una vigencia de doce meses y puede ser prorrogable anualmente.
5. La medida está respaldada por tres informes jurídicos; uno interno del propio IMT y dos independientes y ha seguido todos los trámites previstos hasta su aprobación definitiva.
6. Es rotundamente FALSO que la Generalitat haya prohibido la Disposición Transitoria sexta del Reglamento Metropolitano del Taxi por medio de la cual se pone freno al aumento de vehículos explotados por más de un conductor.
7. Condenamos enérgicamente las formas empleadas (una vez más) por la Federació Catalana del Taxi (FCT) que, a falta argumentos aceptables emplea sistemáticamente la intoxicación y la falsedad para defender sin el menor escrúpulo vías de explotación del taxi de dudosa legalidad

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