El Proyecto de Ley de reforma de las pensiones confirma la jubilación anticipada para autónomos

Ley de Pensiones

MADRID.- La Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA España) ha recibido con satisfacción el nuevo texto del Proyecto de Ley sobre actualización, adecuación y modernización del Sistema de Seguridad Social publicado el 1 de abril en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, ya que por fin queda aclarado que los autónomos podrán también beneficiarse del acceso a la jubilación anticipada con carácter voluntario a los 63 años en las mismas condiciones que para el resto de los Regímenes de la Seguridad Social.
Si bien el texto del anterior Anteproyecto de Ley en su artículo 5 no negaba expresamente esta posibilidad a los autónomos, sin embargo la redacción de la Disposición Final Quinta excluía esta disposición como de aplicación general a todos los regímenes, por lo que parecía quedar excluido este derecho para los afiliados al RETA.
Sin embargo, el Proyecto de Ley, tal y como venía reclamando UPTA España y así se había comprometido el Ministro de Trabajo e Inmigración con los representantes del colectivo, incluye ya esta posibilidad al indicar que será de aplicación a los Regímenes Especiales lo establecido por el nuevo artículo 161 bis, apartado 2.B.
[Que dice: “Artículo 161 bis. Jubilación anticipada.2b. Encontrarse inscritos en las oficinas de empleo como demandantes de empleo durante un plazo de, al menos, seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la jubilación.]
UPTA había presentado propuestas de enmiendas a todos los grupos parlamentarios para contemplar esta inclusión, “que ya no serán necesarias por la introducción por el Gobierno de la modificación”, explica Sebastián Reyna, secretario general de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos.
Aun así, UPTA seguirá defendiendo también la posibilidad de acceso a la jubilación anticipada de carácter excepcional a los 61 años para los autónomos que hayan sido beneficiarios de la prestación por cese de actividad involuntaria y por lo tanto que hayan entrado en situación de crisis definitiva, condición que se establece para el resto de los trabajadores con referencia a su empresa. “Propuesta de enmienda que ya ha hemos hecho llegar a los grupos parlamentarios”, aclara Reyna.